Noviembre 23, 2024

Gobierno aprueba Decreto Supremo que asigna Bs 50 millones a Universidades Públicas Autónomas

El presidente del Estado Plurinacional de Bolivia, Luis Arce Catacora, aprobó hoy en gabinete de ministros el Decreto Supremo 5008 que tiene por objeto crear un Fondo de Fomento al Desarrollo de Ciencia y Tecnología (Fondecyt) para las universidades públicas autónomas.

Esta norma establece un presupuesto de hasta Bs 50 millones que estarán destinados para financiar el desarrollo de proyectos de investigación científica, tecnológica e innovación a ser desarrollados por las universidades públicas autónomas, con base en necesidades identificadas por entidades públicas de áreas estratégicas y productivas del Estado que contribuyan a la industrialización con sustitución de importaciones.

Según el mencionado decreto supremo, en su artículo dos, el ministerio de Planificación del Desarrollo, a través del Viceministerio de Ciencia y Tecnología, serán los responsables de la administración del Fondecyt, entidad que deberá identificar las necesidades de investigación y desarrollo en coordinación con entidades públicas de áreas estratégicas y productivas.

Asimismo, lanzará al menos una convocatoria pública al año, en el cual se definirán plazos y condiciones para la presentación de proyectos, gestionar el proceso de evaluación y priorización de los proyectos a ser financiados, la suscripción de convenios con las universidades para la ejecución de proyectos, entre otros.

Para acceder al financiamiento con recursos del Fondecyt, las universidades públicas autónomas deberán participar de convocatorias públicas a través de la presentación de proyectos de investigación, científica, tecnológica e innovación.

Establece también que el Ministerio de Planificación del Desarrollo será el titular de los derechos propiedad intelectual que deriven de los proyectos de investigación científica, tecnológica e innovación por el Fondecyt.

Entre su disposición transitoria, señala la norma, que el ministerio de Planificación del Desarrollo que, en un plazo no mayor a los 30 días para aprobar mediante Resolución Ministerial, la reglamentación para el cumplimiento del decreto. // Viceministerio de Comunicación