El frío comienza a sentirse con fuerza en distintas regiones del país y, como cada año, surge la expectativa sobre la aplicación del horario de invierno en las unidades educativas. Esta medida busca proteger la salud de los estudiantes frente a las bajas temperaturas, especialmente en las primeras horas de la mañana y al finalizar la tarde.
De acuerdo con la Resolución Ministerial 0001/2026 del Ministerio de Educación, serán las direcciones distritales educativas, en coordinación con las departamentales y las autoridades de salud, las que definirán el inicio del horario de invierno. La normativa establece que los estudiantes del turno mañana ingresen 30 minutos más tarde, mientras que los del turno tarde salgan 30 minutos antes.
La disposición también contempla el descanso pedagógico de diez días hábiles, cuya fecha será determinada según las condiciones climáticas y epidemiológicas de cada región. Esto significa que no habrá una fecha única para todo el país, sino que se adaptará a las particularidades de cada distrito educativo.
Asimismo, las direcciones departamentales deberán conformar comités de vigilancia epidemiológica para evaluar el comportamiento de enfermedades respiratorias y otros factores que puedan afectar a la población escolar. Con estos informes se definirá el momento más adecuado para aplicar el horario especial.
En conclusión, el horario de invierno no tiene una fecha fija de inicio a nivel nacional, sino que dependerá de las decisiones tomadas en cada distrito educativo, priorizando siempre la salud y el bienestar de los estudiantes frente a las bajas temperaturas.
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